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Bear Creek gana fallo arbitral por expropiación en proyecto Santa Ana

Publicado hace 8 años

Bear Creek gana fallo arbitral por  expropiación en proyecto Santa Ana

Tribunal arbitral del Ciadi ordena al Estado peruano compensar a la empresa por US$ 30.2 millones por daños y perjuicios ocasionados.

Luego de dos años de trámites y litigios internacionales, el Tribunal Arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) emitió un fallo final a favor de la minera Bear Creek Mining contra el Estado peruano por la concesión del proyecto de plata Santa Ana, en Puno.

 

El tribunal dispuso que el Estado peruano debe compensar a Bear Creek por un monto de US$ 30.2 millones por daños y perjuicios. 


El gerente general de Bear Creek sucursal en Perú, Elsiario Antúnez de Mayolo, indicó que el Ciadi concluye la ejecución de una expropiación indirecta por parte del Estado peruano contra Bear Creek, al emitir los decretos supremos 032 y 083, lo cual impedía a la empresa tener una concesión minera dentro de los 50 kilómetros próximos a la frontera peruana.

 

El ejecutivo señaló que el fallo del laudo arbitral es de cumplimiento inmediato. Enfatizó que el laudo arbitral no puede ser apelable, aunque señaló que según el artículo 52 de los Estatutos del Ciadi, se da un plazo de 120 días para que una de las partes pueda ejecutar la anulación del laudo.

 

Se estimaba que el fallo arbitral de Santa Ana estaría listo a inicios del 2018 (Gestión 19.09.2017), pero este se adelantó.

 

Antecedentes


El proceso comenzó en el 2015, aunque la confiscación de la concesión comenzó en junio del 2011.

 

Inicialmente Bear Creek presentó una acción de amparo ante el Tribunal de Asuntos Constitucionales, ente que ordenó al Estado la devolución de la concesión. “Pero se corría el riesgo que el Estado presentara una apelación y eso prolongase el litigio en las instancias nacionales. Frente a ello, Bear Creek decidió suspender trámites judiciales en el país y presentar su caso ante el Ciadi, acogiéndose a las normas del tratado de Libre Comercio de Perú y Canadá”, anotó el ejecutivo.

 

“Si continuábamos con el juicio en Perú, podíamos durar uno a dos años más en la etapa de apelación”, dijo.

Fuente: Gestión.

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