Perú recupera tres barras de oro valorizadas en más de un millón de dólares
Publicado hace 4 años
En una acción contra la minería ilegal, Perú recuperó piezas de oro pesaban 28 kilogramos y tenían como destino final la India.
Tres piezas de oro, provenientes de actividades ilícitas, fueron puestas a disposición del Estado peruano, mediante sentencia que extinguió el derecho de propiedad de la Minera Exportaciones Rosas y Ruiz del Perú E.I.R.L.
El Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte del Callao, a cargo del juez Juan Antonio Rosas Castañeda, dispuso la transferencia o titularidad del bien mueble a favor del Estado peruano, por lo que las tres barras de oro incautadas, valorizadas en aproximadamente más de tres millones de soles, pasaron al Programa Nacional de Bienes Incautados del Perú.
Así, la minera representada por Andrea del Pilar Yesquen Huby cuyo titular anterior era Cleiver Eledio Cruz Saavedra perdió dicho cargamento. El peso total era de 28.26 kilogramos.
Como se recuerda, el 27 de mayo de 2019, en el Almacén Aduanero Talma Servicios Aeroportuario, ubicado en el Callao, se incautaron tres barras de oro y se detuvo la mercancía que se inmovilizó con la finalidad de verificar las obligaciones aduaneras y tributarias de acuerdo a ley.
Luego de realizarse los trámites administrativos para verificar la procedencia lícita de la mercancía, se recopiló información societaria, económica y financiera sobre la empresa titular de los bienes inmovilizados, además de la explicación del origen de los mismos.
En efecto, la autoridad administrativa pudo constatar que la persona jurídica no había cumplido con acreditar la procedencia lícita de los bienes, por lo que se acreditaron los indicios de procedencia ilícita.
Luego de la etapa de investigación fiscal, se pudo constatar que la representante de la minera mintió al decir que la procedencia de material aurífero pertenecía a la producción de la Concesión Minera Virgen del Carmen, es decir, esta empresa faltó a la verdad en sus declaraciones juradas, hechos que configuran la probable comisión de otros ilícitos penales.
De igual forma, la Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados (INIQBF) ha informado que dicha empresa no se encuentra inscrita en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados (RCBF), y que en la información parcial presentada ante la SUNAT no adjunta documento alguno que acredite las operaciones de adquisición de suministros, repuestos, alquiler de maquinarias, entre otros, que permitan establecer que, en efecto, haya realizado la producción de oro en su calidad de explotadora.
Asimismo, la empresa tampoco pudo justificar su incremento patrimonial.
En ese sentido, el Juzgado Especializado en Extinción de Dominio del Callao declaró fundada la demanda de Extinción de Dominio a favor del Estado peruano.
Fuente: La República
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