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Establecen alícuota del aporte por regulación

Publicado hace 6 años

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Establecen alícuota del aporte por regulación

Esta contribución alcanza a todos los titulares de las actividades mineras bajo supervisión y fiscalización del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).

El Poder Ejecutivo aprobó la alícuota del Aporte por Regulación del Sector Minero para el 2020, 2021 y 2022 mediante el Decreto Supremo N° 200-2019-PCM.

Se calculará sobre el valor de facturación mensual anotado en el Registro de Ventas e Ingresos respecto a las actividades directamente relacionadas al ámbito de su competencia supervisora y fiscalizadora, deduciendo el impuesto general a las ventas (IGV) y el impuesto de promoción municipal, aplicando el porcentaje de 0.14% para el 2020, 2021 y 2022.

Procedimiento
Respecto al procedimiento de pago, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) dictará, mediante resolución de consejo directivo, las disposiciones pertinentes para la aplicación y cobranza de los aportes por regulación de su competencia, detalla un informe electrónico sobre el tema del Estudio Muñiz.

Además, la falta de pago oportuno del aporte dará lugar a la aplicación de intereses previstos en el Código Tributario, refiere la norma que regirá desde el 1° de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre del 2022.

El aporte no podrá exceder del 1% del valor de la facturación anual, deducido el IGV y el impuesto de promoción municipal, con el cual el Osinergmin financiará las funciones de supervisión y fiscalización de las actividades mineras bajo su ámbito.

Será fijado mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el presidente de este consejo, el ministro de Energía y Minas, así como por el ministro de Economía y Finanzas, detalla la legislación vigente.

Cabe resaltar que esta contribución alcanza a todos los titulares de las actividades mineras bajo supervisión y fiscalización del Osinergmin.
 

Fuente: El Peruano

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