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Gobierno crea comités de información para dar viabilidad a proyectos extractivos

Publicado hace 7 años

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Gobierno crea comités de información para dar viabilidad a proyectos extractivos

El Gobierno creó los “Comités de Gestión e Información Minero Energético” como un mecanismo de coordinación y articulación de alcance regional, con el cual busca mantener informada a la población sobre proyectos en su localidad con el fin de evitar conflictos sociales.

Según la resolución ministerial 354-2018-MEM/DM publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, los comités serán constituidos en cada región minera o energética de manera progresiva y de acuerdo a la priorización que determine el Ministerio de Energía y Minas.

 

Cada comité tiene la siguiente conformación:

 

a) Dos representantes del Ministerio de Energía y Minas, uno de los cuales se desempeñará como Presidente del Comité y el otro como Secretario Técnico del Comité

 

b) Un representante de la Gerencia y/o Dirección Regional de Energía y Minas de cada Región, correspondiente.

 

c) Representantes de otras entidades públicas y privadas de alcance nacional o regional, cuando sean convocados por los Comités.

 

Cabe indicar que los representantes del Ministerio de Energía y Minas se designarán mediante Resolución de Secretaría General. 

 

Los Presidentes de cada comité organizan y proponen la agenda, efectúan las convocatorias para las reuniones a ser desarrolladas, y otras funciones que se disponga en los lineamientos de los comités. 

 

La Secretaría Técnica brinda a los comités el apoyo técnico y administrativo necesario para su funcionamiento y el cumplimiento de su objeto; elabora y conserva las actas de cada sesión y los reportes de avances

 

Además determina la frecuencia de las reuniones en coordinación con el comité; y, realiza otras funciones que le asigne la Presidencia del comité. 

 

Cada comité podrá invitar a representantes de otras entidades públicas y privadas para el mejor cumplimiento de su objeto a fin que brinden su colaboración, asesoramiento o apoyo, sin que ello genere gastos adicionales al Tesoro Público.

 

Se puede designar a un representante alterno de los titulares de los comités, mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del comité.

Fuente: Andina

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