Los pasivos legales en minería: ¿el Perú pierde soberanía?
Publicado hace 6 años

Mientras la lucha contra la corrupción monopoliza la agenda mediática y política capitalina, hay otros desarrollos que pasan debajo del radar y que pueden tener implicancias mayores en el entorno predecible que requiere la gran inversión: los pasivos legales que enfrenta la minería.
El caso, en resumen, es el siguiente: ante la ineficiencia y lentitud del sistema judicial local, un grupo de ciudadanos peruanos acude a una corte extranjera para demandar a la empresa a cargo de la operación minera que, a criterio de los demandantes, es responsable de los daños que se les habría originado. La corte se ubica en los lugares donde está la sede central de estas empresas mineras.
Casos de esta naturaleza se han dado en el pasado reciente. Existe evidencia de un caso que se presentó en Londres, en el 2016. La demandada fue Xtrata, titular de la mina de Tintaya en Cusco. Se buscaba una indemnización por violación de los derechos humanos de los pobladores de la zona de operación.
Mucho antes, en 1995, se presentó ante una corte de Texas, Estados Unidos, una demanda contra Southern Peru Copper Corporation, entonces de capital estadounidense. Se demandaba compensación por daños sufridos por habitantes de Ilo, en Moquegua, por las emisiones de la fundición que esta compañía opera en dicha ciudad.
Ambos casos fueron desestimados. Pero el modelo de queja se había constituido como un ejemplo replicable.
PERDIENDO EL JUICIO
El caso más sonado tiene que ver con La Oroya, una de las cinco únicas fundiciones de su tipo en el mundo. Como se sabe, el Complejo Metalúrgico de La Oroya (CMLO) dejó de operar en junio del 2009. Su último operador fue la compañía Doe Run, de capital estadounidense. En el 2007, un grupo de ciudadanos oroyinos, asesorados por abogados peruanos y estadounidenses, acudió a la Corte de Saint Louis, Missouri.
Hace algunas semanas, según información difundida en medios especializados, la corte de Missouri decidió acoger la demanda, entendiendo que la ley peruana no era competente para tratar los casos ambientales de personas contaminadas por metales pesados en territorio nacional
PÉRDIDA DE SOBERANÍA
Aunque la decisión de esta corte puede ser vista como acto de justicia a favor de la salud e integridad de las potenciales víctimas, lo cierto es que también constituye un peligroso precedente de pérdida de soberanía de nuestro país, un detalle no menor.
El Estado peruano no debería dejar pasar desapercibido el gran riesgo que representa para la soberanía de nuestro país el permitir que una corte foránea haga prevalecer leyes extranjeras sobre leyes peruanas. El exministro y expresidente de la Sociedad de Minería, Hans Flury, lo decía con precisión: “Un país que permite que otro país intervenga en sus asuntos internos no será un destino al que los inversionistas acudirán, ya que éstos nunca tendrán la seguridad de cuál es la legislación que deban cumplir, o a qué autoridad responder” (El Comercio, 26/12/2018).
SIN PREDICTIBILIDAD
No hace falta ser abogado para entender que la privación de predictibilidad para la inversión privada en el país deja una interrogante que se cae de madura: ¿qué autoridad judicial tiene la última palabra para cosas que pasan en el Perú: una corte peruana o una extranjera?
Por ello, el Estado Peruano haría bien en tomar las riendas e intervenir a fin de que iniciativas como éstas, que incluyen acciones legales en el exterior, queden desestimadas tal y como ha sucedido en casos anteriores. Ello será clave para el desarrollo de la inversión privada extranjera en el país.
Fuente: Semana económica

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